¡Atención! Estas son las fechas límite para registrar tu línea celular o perderás el servicio

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Foto Ilustrativa: Gran Angular.

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CIUDAD DE MÉXICO.– La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció la implementación de un calendario obligatorio para la vinculación de líneas telefónicas de prepago, con el objetivo de erradicar el anonimato que facilita delitos como el fraude y la extorsión. Con esta disposición, México se suma a las normativas internacionales vigentes en 166 países que prohíben la adquisición de chips sin identificación oficial.

De acuerdo con el organismo, hasta el momento se ha logrado un avance sostenido con 63 millones de líneas vinculadas, de las cuales 40.2 millones corresponden a la modalidad de prepago y 22.8 millones a pospago. Cabe destacar que los usuarios con planes de pospago no requieren realizar ningún trámite adicional, debido a que sus líneas fueron asociadas a una identidad desde el momento de su contratación.

Calendario de registro por último dígito

Los usuarios con líneas de prepago que aún no han realizado el registro tendrán una fecha límite asignada entre los meses de agosto y diciembre, la cual estará determinada estrictamente por el último dígito de su número telefónico.

A continuación se detalla el orden oficial establecido, de acuerdo con la información:

Último dígito del número Fecha límite de vinculación
0 15 de agosto
1 31 de agosto
2 15 de septiembre
3 30 de septiembre
4 15 de octubre
5 31 de octubre
6 15 de noviembre
7 30 de noviembre
8 15 de diciembre
9 31 de diciembre

Sanciones por incumplimiento y lineamientos del proceso

La CRT advirtió que las compañías telefónicas suspenderán de manera total los servicios de llamadas, mensajes y datos móviles en un plazo de 72 horas posteriores al vencimiento de cada fecha límite si la línea no ha sido dada de alta. Durante la suspensión, el dispositivo únicamente quedará habilitado para recibir alertas sísmicas, así como para realizar enlaces salientes a números de emergencia, canales de atención ciudadana y a la propia operadora telefónica. El servicio se restablecerá en su totalidad una vez que se complete el registro.

La comisión precisó que el trámite no lo ejecuta el gobierno, sino que se gestiona de manera directa con cada empresa de telefonía, las cuales únicamente asociarán el nombre y la Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular, eliminando cualquier otra imagen o dato secundario recabado durante el proceso. En caso de investigaciones delictivas, las autoridades competentes podrán requerir estos datos a las operadoras conforme a lo estipulado en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

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