Claudia Cruz
Oficialmente se creó el Organismo Público Descentralizado (OPD) denominado Universidad de la Creación del Arte y la Cultura (UCAC), luego de que el Congreso Estatal publicó el decreto.
De acuerdo con el decreto, el organismo regirá la puesta en marcha de la nueva universidad, además, se establecen los plazos para la integración de su Consejo Directivo y la designación del titular de la rectoría, con la intención de que reciba a sus primeros estudiantes de nivel superior en el próximo ciclo escolar.
La UCAC estará organizada por un consejo directivo, una persona titular de la rectoría y la estructura administrativa que se requiera para el desempeño de sus funciones, aprobada por el Consejo Directivo y conforme a la validación, suficiencia presupuestal y registro que emita la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.
El consejo directivo sesionará ordinariamente, por lo menos una vez cada cuatro meses y en forma extraordinaria cada vez que sea necesario, los cargos de sus integrantes serán honorarios y -por lo tanto- no recibirán retribución por su desempeño; mientras que la persona designada para ocupar la titularidad de la rectoría durará en el cargo cuatro años, pudiendo ser ratificada para un segundo periodo.
El decreto entró en vigor el seis de marzo y, conforme se establece en los transitorios, los integrantes del Consejo Directivo deberán celebrar la sesión de instalación dentro de los 15 días hábiles siguientes y en la misma debera ser designada la persona titular de la rectoría y el calendario de sesiones ordinarias del año.
Asimismo, el reglamento interior deberá expedirse en un término no mayor a 120 días naturales, posteriores a la entrada en vigor del decreto y la UCAC deberá iniciar la impartición de clases de los planes y programas de estudios que se autoricen, a partir del ciclo escolar 2026 – 2027 y en el plazo previo podrá impartir educación de formación continua, técnico superior universitario o posgrado, así como cursos de inducción para los alumnos de nuevo ingreso.
El nuevo OPD tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión para sus objetivos, entre los que se encuentran la impartición de bachillerato técnico especializado en materia de bellas artes y la prestación del mismo servicio educativo, pero de tipo superior, en todos los niveles y modalidades.
Finalmente, el organismo deberá diseñar y establecer programas académicos con modelo educativo que propicie el aprendizaje, conocimientos, habilidades, actitudes y destrezas de las y los estudiantes en materia de bellas artes, impulsar el uso de tecnologías digitales y de comunicación para la enseñanza – aprendizaje y establecer modelos de vinculación para la innovación y solución de problemas que existan en el área.










